CAMARADA SEBASTIAN, RECURSO DE REPOSICIÓN AL CNE



Bogotá, D.C. 29 febrero, 2012
Señores
Magistrados”
Consejo Nacional Electoral
Para todos los “Magistrados”
E.S.D.

Referencia: Recurso de reposición contra resolución 0110 de 2012

ANTECEDENTES

1.Después de una larga espera cinco (5) meses y cinco (5) días, violatoria de los términos legales para dar respuesta a nuestro derecho de petición; quince (15) días hábiles; porque quienes deben ser los mayores garantes de legalidad y dar ejemplo de respeto, orden, justicia, equidad, trabajo y sensatez.

Tengo que manifestarles como ciudadano colombiano (uno de los más de los millones invisibilizados, vilipendiados, sojuzgados... pero NO IMBECIBILIZADO, por el sistema que, aún con el susodicho fatídico y nefasto antecedente de irrespeto conmigo y como sé que no les interesa, ni importa mi nombre, cuando mi segundo apellido está incorrecto ni siquiera lo copiaron de nuestro escrito (sin ser de origen Portugués, sino de los otros invasores europeos que llegaron a lo que hoy es Colombia hace 520 años), ortográficamente1 se escribe con doble Z GONZÁLEZ.
2. La respuesta, a pesar de que no tuvo ningún salvamento de voto, lo que
indica que fue aprobada por el total de la sala de la magistratura, no me la
responde el presidente de dicha sala, sino el vicepresidente, cosa que no
entiendo, o es que acaso el presidente no la firma porque no está de acuerdo con ella?.

2.1. Desde mi condición de SOBREVIVIENTE de la INVENCIBLE UNIÓN
PATRIÓTICA 1 (he sido amenazado, han intentado desaparecerme
Ortografía: parte de la gramática que enseña a escribir correctamente, según la definición del Diccionario Básico Ilustrado RAPSA. El diccionario de Plaza & Janes además amplía la acepción de la palabra con su uso
y dice que la “ortografía ubica socialmente a la persona”.

forzadamente, he sido víctima de varios atentados y fui retenido ilegalmente y torturado el 8 de octubre de 2003), junto con mis camaradas peticionarios que me acompañan en esta gran empresa histórica, jurídica, política, ideológica y simbólica; pues aunque ellos no fueron ni cofundadores, ni militantes, - si acaso simpatizantes- , pero ante todo personas ciudadanas inteligentes, solidarios y valientes que desinteresadamente, pero comprometidos con nuestra historia, nos hemos atrevido a pedirles a Ustedes, representantes de las mayorías políticas según lo ha dicho el Consejo de Estado, lo que para muchos, incluidos Ustedes parece INVEROSÍMIL, pero que a la luz de la dignidad y la justicia es un deber histórico, jurídico y humano “QUE LE RESTITUYAN LA PERSONERÍA
JURÍDICA” A UNA PROPUESTA DE PAZ, COMO LO FUE, ES Y SIEMPRE
SERÁ LA UNIÓN PATRIÓTICA.

Esta petición la hacemos _yo como Upeista y ellos como ex magistrado del Consejo Nacional Electoral y ex presidente de la Corte Constitucional; Sacerdote Jesuita defensor de derechos humanos y profesores universitarios, y la hacemos conforme a nuestros fundamentos éticos y nuestra naturaleza política, es decir, a pesar de todos los incumplimientos del Estado para tomar las medidas necesarias e implementar las políticas requeridas que garanticen nuestra existencia y reconocimiento.

No obstante, seguimos creyendo en la vía política, por eso esta elevación peticionaria, en medio del genocidio, porque el genocidio se sigue cometiendo de manera directa y también soterrada como dicen los
estudiosos del tema.

Estamos reclamando la restitución de la personería jurídica como parte importante de la reparación integral, resaltando el aspecto simbólico, pues nos han querido eliminar de forma directa (asesinatos, desapariciones y desplazamientos forzados, amenazas, exilios, criminalizaciones) pero también simbólicamente quitándonos la posibilidad de seguir existiendo electoralmente.

Esto sí es la combinación de todas las formas de terrorismo de Estado para eliminarnos, incluso expidiendo y defendiendo leyes que pretenden borrarnos definitivamente del escenario en el cual precisamente nacimos, el político, donde cualquiera lo entiende, si se le apuesta a la democracia, la acción electoral es fundamental.

2.2. Bueno si la ortografía es para escribir correctamente, según los
diccionarios, yo siempre he dicho que Ustedes me conllevan a hacer, voy a
contraponer mi léxico de neonato en este oficio, para el cual Ustedes
avanzaron más que yo en la Universidad, con postgrados, magister, Phs, y
más allá para llegar a ocupar las sillas que hoy ostentan de “magistrados” y
devengar millonadas de pesos que yo coadyuvo a pagar con mis
impuestos.

Les recuerdo que una de esas sillas le pertenece a la Unión
Patriótica, pues allí nos representó el compañero Carlos Duicca, lo cual
indica que llegamos a ser representantes de las minorías políticas de este
país y de no ser víctimas de genocidio político seguramente hoy seriamos
representantes de las mayorías, por ser legítimos, viables, efectivos,
necesarios para la paz de este país.

Continuo hoja por hoja, párrafo por párrafo, renglón por renglón, frase por
frase, palabra por palabra, silaba por silaba, letra por letra, subrayados,
negrillas, comillas y hasta entonación, gestos y modulación que casi alcanzó a percibir en Ustedes.
De lo primero: I. ANTECEDENTES, aparte de los escrito arriba les he de
resaltar que afortunadamente el derecho de petición del SJ. JAVIER GIRALDO MORENO al igual que su carta a la Universidad de George Town, fue efectiva, pues ante el Consejo Nacional Electoral produjo el resultado favorable de que CONTESTARAN al otro día, cuando ya llevaban cinco meses y cinco días sin hacerlo, ante la universidad estadounidense tuvo el poder de impedir que Álvaro Uribe Vélez fuera profesor allí.

    - FUNDAMENTOS DE HECHO A LA SOLICITUD
Síííí., Somos objeto de GENOCIDIO POLÍTICO CONTRA LA UNIÓN
PATRIÓTICA, sin comillas, con mayúsculas, con cursivas, en imprenta,
pero escrito con mucha sangre y siguiendo las planas del terrorismo de
Estado y siguiendo la muestra puesta por el Pentágono sobre la guerra de
todos los niveles de intensidad.
-
Yo no digo como Ustedes “...a raíz de la muerte de muchos de sus
simpatizantes y militantes”. La muerte es algo inherentes a los seres vivos y
en la escuelas me enseñaron que se nace, crece, reproduce y muere; pero
a mis camaradas los ASESINARON.

La incredulidad de ustedes en cuanto al reconocimiento del GENOCIDIO
cometido contra la Unión Patriótica que hace Andrés Pastrana Arango,
Francisco Santos, Germán Vargas Lleras y Carlos Ossa Escobar, es la misma
que me producen ciertos fallos y acciones jurídicas producidas por algunos
magistrados que defienden a la oligarquía.

Esta incredulidad que Ustedes demuestran ante criterios debidamente fundamentados en fuentes relacionadas (bibliográfica, jurídicas, estatal), no tiene asidero.

Incredulidad razonada es la que me asiste ante el desconocimiento que hace el Consejo Nacional Electoral de la Ley de Víctimas y lo mandatado por los organismos internacionales de derechos humanos en cuanto a las acciones de reparación simbólica a víctimas de genocidio.

Incredulidad la que me asiste ante la decisión de la magistrada Susana Buitrago al suspender unas pruebas que ya estaban decretadas, entre otras la declaración de los ex presidentes Andrés Pastrana Arango, Belisario Betancur y el ex comisionado de paz Carlos Ossa Escobar, dichas declaraciones se debían realizar el 26 de enero de 2011, sin embargo, desconociendo el derecho al debido proceso, éstas fueron suspendidas y hasta la fecha no se han vuelto a reactivar.

Incredibilidad que sustento en episodios de rapidez insólita, por ejemplo las
decisiones tomadas por el magistrado Marco Antonio Velilla de la Sala Quinta, que después de dejar sin actuaciones por periodos largos el caso de la Unión Patriótica llevado por el Dr. GELASIO CARDONA donde el mandante es MARIO UPEGUI, sorpresivamente toma decisiones, después de 8 años de lentitud, para decidir un único caso, el de la UP, incluso en fechas donde no se reúne la Sala, ni el Consejo de Estado registra sesión extraordinaria.

Pero aún más incredulidad me suscita que la Dra. Susana Buitrago tome decisiones sobre la demanda interpuesta por mí, con base en el caso que lleva Velilla, cuando se supone que debe haber criterio independiente.

Como malpensante me sigo preguntando qué le pasó a la doctora ¿presión, prevención, amenazas?. El tiempo lo dirá.

Su incredulidad es abismal y tozuda y no son los únicos; los pro nazis niegan el genocidio contra los judíos, los gitanos, los enfermos mentales, los homosexuales y los comunistas; los turcos niegan el genocidio cometido contra los armenios; el estado chileno niega el genocidio contra los Mapuches; las potencias europeas niegan como promovieron el genocidio en Ruanda; en fin los Estados genocidas y sus áulicos siempre han negado el crimen, pero las muertes, los desplazamientos, las masacres y las leyes genocidas (solución final- 1935) los hacen visibles y los ponen de frente a la realidad de los pueblos y la historia de la humanidad; el GENOCIDIO POLÍTICO CONTRA LA UNIÓN PATRIÓTICA, no es la excepción,
Ustedes lo seguirán dudando, otros lo seguirán negando y muchos justificando, pero eso no quiere decir que no sea una realidad y parte nefasta de nuestra historia, que yo como otros tenemos el deber de contar, para que mi nieta Isabela la Libertaria como toda la nueva generación, tengan el derecho a conocerla y así no permitir que se repita; por eso es necesario empezar a hablar franca, cortante, contundente y categóricamente de este crimen cometido en Colombia contra un
partido político colombiano que nació de un diálogo de paz y se consolidó como una propuesta de salida política a la guerra de nuestro país, el suyo, el mío y el de todas las víctimas Upeistas.


El quitarnos el miedo para hablar de este “horror”, el prepararnos para descubrir y asumir nuestra verdad tormentosa no solo sirve para castigar a los autores materiales e intelectuales del crimen, tanto nacionales como extranjeros, pues no debemos olvidar que las prácticas de eliminación tuvieron asesores como el israelí, coronel Yair Klein; sino para asumir que el hecho de dejar en la impunidad crímenes contra nuestros compatriotas como los Comuneros, los Gaitanistas y nuestros propios aborígenes (víctimas de etnocidio), nos ha impedido consolidar un camino verdadero hacia la paz integral; la impunidad se pretende como la naturalidad que debe ser asumida sin reparo, pero no hay tal, si no hay verdad, no
puede haber justicia y si no hay justicia no hay paz, y si no hay paz no puede
haber democracia, sobre esto sí que nos ilustran trabajos y testimonio como el del maestro Luis Emiro Valencia Sánchez, víctima y testigo directo de la eliminación de Gaitanistas, y como ex vicepresidente de la organización política, de lo ocurrido contra la UNIÓN PATRIÓTICA.

1.II- FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA SOLICITUD

En este aspecto me queda claro que un “gesto” como es: el devolverle la
personería jurídica la UNIÓN PATRIÓTICA, sería una seña de querer enfrentar la verdad, pero desafortunadamente, Ustedes que son los magistrados del “poder político electoral”, con su decisión, no tienen en lo más mínimo el interés, al menos, de ejecutar ese “gesto”, que si bien no es el único, ni suficiente en un proceso de reparación integral, si cobra un inmenso valor simbólico en cuanto a la voluntad estatal de comenzar a despejar el camino hacia la paz, ahora que las FARC a quien todos reclaman un “gesto” de paz, lo ha dado; cómo no esperarlo de parte del Estado que se supone garante de todos los derechos, incluidos el de la paz y la reparación para las víctimas, pero la forma en que Ustedes resuelven nuestra petición de revocatoria directa, no es simplemente un gesto, sino en mi
concepto una señal inequívoca de que la ley 1448 de 2011, NO SIRVE
ABSOLUTAMENTE PARA NADA, tanto así que ni las propias instituciones del
Estado, en este caso el Consejo Nacional Electoral, la acata.

Con lo anterior, me reafirmo en esta reposición en que el elemento simbólico, de no revocar las resoluciones 5659 y 7477 de 2002, si es eficaz para legitimar el genocidio contra la UNIÓN PATRIÓTICA, dicen ustedes que “se estima de otra parte por los solicitantes, que los actos administrativos cuya revocatoria solicitan han “permitido” o permiten “a futuro que hechos como el genocidio contra la Unión Patriótica se repitan” en tanto “certifican la eficacia política de la barbarie cometida contra la Unión Patriótica ya que de ellas es inevitable concluir que fue políticamente eficaz asesinar, herir, perseguir, amedrentar y llenar de pánico a los seguidores de un colectivo político al punto de hacerlo desistir de su participación en las actividades electorales para, consecuencialmente, declararlo jurídicamente extinto” en tanto que “si funcionó contra la Unión Patriótica por qué no va a ser útil
a futuro?., pues sí, “magistrados” del GENOCIDIO también hacen parte las
amenazas (sufragios, llamadas, grafitis, telegramas, correos electrónicos, etc.) cooptaciones; infiltraciones; masacres; magnicidios; invisibilizaciones; atentados hasta con rockets; macartizaciones; desapariciones
encarcelamientos; forzadas; exilios; seguimientos, atentados a sedes;
torturas, fraudes electorales; engaños; mentiras; seguimientos; torturas; bombas; petardos; desarrollos de planes regionales, locales y nacionales de eliminación, en fin, todo lo que la guerra sucia implementa, crea, planifica y hace efectivo el terrorismo de estado, a todos los niveles, espacios y poderes: ejecutivo, legislativo, ideológico, clerical, medios de comunicación y obviamente JURÍDICO.

En la historia de Colombia, incluso antes de que se constituyera como tal, es decir, desde hace 520 años, desde la invasión de los españoles, no solo desde lo que ustedes mencionan muy pobremente, soslayadamente, diría yo “ a lo largo de nuestras historias... y gran parte de nuestra vida republicana” podemos recordar y reafirmar que los detentadores del poder, siempre han utilizado la violencia, el terrorismo, la destrucción del oponente, para conservar y preservar el poder, y para ello también utilizan personas sin conciencia de clase, sin carácter, sin sentido de pertenencia, sin principios, sin estructura, sin fundamentos, sin historia, sin memoria que han permitido, permiten y permitirán que ellos - los detentadores de poder- sigan empotrados allí a costa de la sangre de su mismo pueblo y
eludiendo esto, ya sea negándolo, dudándolo o justificándolo, seguir ufanándose de ser y constituir la “democracia” más antigua de América Latina, pero que yo digo “es la oligarquía más sanguinaria, criminal y saqueadora, mendaz, mentirosa y ladrona del mundo”.

Y si no, hoy, en este siglo XXI, disque el de los derechos, miremos como han aplicado el plan denominado “Operación Amazonas”, que en su momento denunciara el periodista Juan Gossain, plan en donde implicaban personas como Piedad Esneda Córdoba Ruíz, el sacerdote Jesuita Javier Giraldo Moreno y el ex magistrado del Consejo Nacional Electoral y luego presidente de la Corte Constitucional, el Dr. JAIME ARAUJO RENTERÍA, quien con inteligencia, entereza, honestidad, ética y valor civil hiciera, él sólo, salvamento de voto para que Uribe Vélez no fuera reelegido, dando con esto ejemplo de cómo la ley y el derecho, pueden ser garantes de democracia y no herramientas de sumisión ante Estados excluyentes, tanto más adelante cuando Álvaro Uribe Vélez quiso nuevamente ser reelegido la Corte Constitucional impidió lo que sería una nefasta y fatídica reelección.

Es este mismo defensor del Estado Social de Derecho, convencido de que la justicia y la ley deben ser para garantizar libertades y no para vulnerar derechos, quien defiende, igualmente con valentía, razón y justeza,
esta causa de revocatoria directa, constituyéndose peticionario como yo, para que se revoquen las resoluciones que le quitan la personería Jurídica a la UNIÓN PATRIÓTICA.

Pero también de esta y otras operaciones, como “El Plan Amazonas”, fraguadas para silenciar la oposición, fueron, son y seguirán siendo víctimas, magistrados, periodistas, clérigos, personas naturales y jurídicas,
organizaciones y movimientos; para la muestra un botón el del Polo Democrático Alternativo, que aún siendo mostrado por Ustedes, de manera burlona, cínica e irrespetuosa como ejemplo de garantía de no repetición del crimen de genocidio del que es víctima la UNIÓN PATRIÓTICA, contra la cual se han desplegado planes de eliminación como Plan 85, Plan golpe de gracia, plan esmeralda, plan cóndor, plan baile rojo, entre otros; también el Polo Democrático es víctima del Plan Amazonas, no sé si el arduo trabajo no les permite a Ustedes, ver, escuchar, leer noticias, pues es de público conocimiento que a nivel regional, local y nacional, dirigentes, militantes y
simpatizantes del partido que muestran como ejemplo de garantías políticas, han hecho denuncia constante de la forma en que han sido asesinados, amenazados, criminalizados.
  1. CONSIDERANDO
En este segundo punto, de tan acuciosa “atención a la solicitud”, repito que se pasaron por alto las mismas normas, leyes y términos que el derecho burgués se inventó, entonces a que jugamos?, pero bien, yo considero que a pesar de irrespetuosos , -no conmigo, sino con la historia- la sociedad, la INVENCIBLE UNIÓN PATRIÓTICA, las víctimas de este GENOCIDIO, los anteriores y futuras generaciones, hoy nuevamente con este recurso de reposición considero que ustedes están a tiempo de sentar un precedente, de pasar a la historia, como las personas que despojándose de las vanidades, emociones y prejuicios, determinen partir la historia de Colombia en dos: antes y después de la recuperación de la Personería Jurídica de la UNIÓN PATRIÓTICA como gesto de apertura hacia la reconciliación y la paz.

Ustedes escriben en su argumentación “para la cual en primer término tendrá en cuenta aspectos sustantivos (subrayado y resaltado mío) como lo relativo al régimen jurídico de los partidos y movimientos políticos”.

Sustantivo: Adj, que tiene existencia real, independiente, individual. Gram.
Dícese del nombre con que se designan las cosas por su naturaleza, esencia o sustancia. Dícese del verbo ser, único que expresa la idea de esencia, sin denotar otros atributos. U.m.c.s. Diccionario Plaza & Janes.

Me apoyo en el término o la palabra usada por ustedes “Sustantivo”
(entrecomillado y resaltado mío)_ no se tendrá otra acepción o connotación a nivel jurídico_ pero me es de gran utilidad, porque lo que en 9 páginas y media aproximadamente resaltan sobre ley de partidos, en 1985 con la primera ley 58 de partidos o movimientos, sustantiviza el inicio de regulación, contribución, restricción y extinción: Veamos como:

II.I . DEL RÉGIMEN JURÍDICO DE LOS PARTIDOS Y MOVIMIENTOS
POLÍTICOS EN COLOMBIA

II.IIDE LA ETAPA DEL VACIO NORMATIVO. La llamaría primera etapa. Aquí se concluye con escasa y poca argumentación histórica-académica, pues pareciera que no han leído, investigado y estudiado, por supuesto no por interés social y político, pero por lo menos por responsabilidad sobre lo que van a determinar; me refiero que el caso de la Unión Patriótica, en materia de partidos políticos en Colombia, es único, exclusivo, singular.

En definitiva el vacío normativo, significa que no había nada al respecto.

II.I .II. LA REGULACIÓN DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS. La llamaría segunda
etapa, y queda muy bien definida en la historia de Colombia como antes de la UNIÓN PATRIÓTICA y después de la UNIÓN PATRIÓTICA por sus
características, connotaciones, programa, organización, concepción filosófica, política, ideológica, por su origen en el marco de las negociaciones entre el gobierno conservador de Belisario Betancur y las FARC-EP denominado proceso de “CESE AL FUEGO, TREGUA Y PAZ”; es cuando en 1985 se presentan públicamente para Colombia y el mundo la propuesta de paz para cambiar la cultura política del país, la de la convergencia, la de la unidad, la de las reformas económicas, constitucionales, académicas, sociales, la de la IZQUIERDA (sin apellidos), la auriverde, la amarilla y verde, la invencible UNIÓN PATRIÓTICA, que puso a temblar a la oligarquía con su propuestas, con su dinámica, con su estilo, con su honestidad, su ética y su decisión por medio de mujeres, hombres, adultos, jóvenes, niños, indígenas, negros, mulatos, en fin, con los cansados del estado de cosas de los partidos de la oligarquía, con los que queremos subvertir el orden establecido y por eso y desde ese instante, justo en ese año implementaron _con normas, decretos, leyes_ lo que por otros medios desde el mismo proceso de 1984 ya habían empezado a torpedear, recordemos a Otto Morales Benítez “hay enemigos de la paz, agazapados, dentro y fuera del gobierno”; y ustedes lo escriben, y yo lo transcribo, para que no se olvide que entre otras muchas cosas,
como las propuestas de elección popular de alcaldes y gobernadores, reforma a la constitución, ministerio de cultura... también nos arrogamos la ley 58 de 1985 que daría más adelante origen a la reforma 130 de 1994 llamada la ley de partidos, pero releamos: “En el marco de esta nueva concepción, el Estado colombiano empezará a interesarse por regular este tipo de colectividades, lo que se daría inicialmente en 1985, al ser promulgada la ley 58 de ese año, la que les estableció por primera vez requisitos para que obtuvieran personería jurídica, al disponer su
artículo cuarto lo siguiente: Los partidos deberán solicitar antela Corte Electoral el reconocimiento de su personería jurídica.

Lo harán en memorial suscrito por sus directivas al que acompañaran copia de los estatutos de su última declaración programática. Para estos mismos efectos deberán probar la afiliación de por lo menos diez mil (10.000) ciudadanos, salvo que en las elecciones para corporaciones públicas de 1982 hubieren obtenido un número igual o superior de sufragios”.

Y efectivamente la UNIÓN PATRIÓTICA obtuvo su personería jurídica en 1986 , pero al presentarse por primera vez en ese mismo año a la contienda o batalla electoral y para nosotros fue una guerra declarada por gamonales, caciques electorales con apoyo y contubernio de autoridades, civiles, militares, eclesiales y medios de comunicación, pero aún así triplicamos la votación que históricamente la izquierda hasta ese momento había mantenido aproximadamente en 90.000 votos, nosotros en las urnas donde conquistamos casi 400 concejales, 19 diputados y 14 parlamentarios, que hoy señores “magistrados” ni el Polo Democrático Alternativo,
que según ustedes tiene todas las garantías como partido de oposición, cuando según sus criterios la democracia debiera haber avanzado, con tanta reforma electoral, los tiene; y por eso tampoco admito comparaciones o sugerencias como más adelante en forma abusiva Ustedes lo
dicen y lo hacen.

En la misma página cuatro (4) y eso si será lo único de tener en cuenta, ustedes mismos y cronológicamente van describiendo como desde los “poderes” _ejecutivo, legislativo, judicial y paraestatal_ continua la gran arremetida normativa y jurídica, no solo contra la UNIÓN PATRIÓTICA, sino contra las minorías, pues rápidamente aprovechan nuestra propuesta de reforma constitucional y con la de 1991 en el artículo 40 reiterado en el artículo 107 , pero este empieza a “ser limitado” con el artículo 108, y la concepción “minimalista” que exigía diez mil, es elevada a 50.000 mil (50.000) firmas o votos o conseguir un parlamentario.

Aparece por primera vez en Colombia las ley de los partidos o movimientos, la ley 130 de 1994, que en lo pertinente para la consecución de personería para partidos y movimientos políticos dispone del art. 3 con 4 numerales esenciales a saber:


1.- Solicitud presentada por directivos

2.- copia de estatutos

3.- probar su existencia con no menos de cincuenta mil firmas o con la obtención en la elección anterior, de por lo menos la misma cantidad de votos o de representación en el congreso de la república y,

4.- Presentar un documento que contenga la plataforma política del partido o movimiento expresando su filosofía y principios, así como los programas y
aspiraciones que lo identifiquen.

La UNIÓN PATRIÓTICA es de PAZ surgida de los acuerdos de La Uribe (Meta), a pesar de la arremetida combinada de todas las formas genocidas para eliminarla, para sacarla del terreno de la arena política nacional e internacional por parte de sus múltiples ENEMIGOS seguía enhiesta, firme decidida, pero el bombardeo literalmente hablando, se le suma el jurídico y ustedes implícitamente lo reconocen al apoyarse en la Corte Constitucional cuando escriben... “Estas exigencias mínimas serían respaldadas por la Corte Constitucional al declarar exequible este artículo al sostener que “ El sentido de la norma constitucional, que impone condiciones para la obtención de la personería jurídica, se encuentra en la dimensión cualitativa del apoyo popular, tal como se desprende del inciso primero del artículo 108 de la CP...La norma supone un límite mínimo cuantitativo de adhesión popular, sin el cual no se puede tener derecho al reconocimiento.

Se trata entonces de un número de personas que apoyan al partido y no simplemente de una cifra de votos en abstracto. La aplicación del principio de igualdad exige que cada partido tenga derecho a que ese mínimo sea respetado, lo que implica la construcción objetiva de la cantidad señalada... (se subraya)” ¿Qué ametrallamiento contra la UNIÓN PATRIÓTICA y minorías, verdad?. Nosotros cumplimos con todos requisitos y por representar los intereses generales y servir de intermediarios entre la sociedad y del Estado, por eso fastidiamos a la oligarquía y a sus más fieles servidores, arrodillados, sacamicas, lameculos en todas las esferas de la sociedad.

Y ellos siguen ahí, con otros nombres, otros actores, otros perros guardianes y NOSOTROS estamos aquí, también pocos de los históricos pero reforzados por compatriotas y extranjeros como los que
también firmaron las listas que adjuntamos a nuestro derecho incontrovertible de petición ... Allá ustedes ¡la historia y el pueblo los juzgará!.

II.I.II. DE LA ETAPA DE CRECIENTE SEVERIDAD EN LA REGULACIÓN
PARTIDOS POLÍTICOS

Son ustedes muy simpáticos utilizando un lenguaje eufemístico para maquillar, pintar y describir escribiendo, ésta que llamo la TERCERA ETAPA= EXTINCIÓN O EXTERMINIO de las minorías, porque el objetivo de la oligarquía es privatizar, endeudar y vender lo nuestro, lo de los colombianos, únicamente quieren estar solos y a nombre del pueblo. Cómo será que hasta la guerrilla colombiana la quieren privatizar y solo ellos y nadie más quieren ser los únicos que hablen de la guerrilla...porque de hacerlo otros, académicos, líderes o personas del común inmediatamente son criminalizados, juzgados y hasta condenados.

Bien la verdad en esta página cinco (5) en el primer párrafo de este acápite, la sangre se me enrrabia como dicen los llaneros, pero me produce realmente es PUTERIA, la desfachatez del lenguaje quirúrgico, pintoresco y risible que utilizan para decir que una nueva reforma política la contiene el “acto legislativo 01 de 14 2003” que sustituyó el anterior minimalista por otro de mayor exigencia ya no son 10.000, ni 50.000 ahora es el famosísimo “UMBRAL” del dos por ciento(2%).

Más adelante se expide el acto legislativo 01 de 2009 “solo para hacerlo más
riguroso...”, mentiras, embustes aumentan el “UMBRAL” del 2% al 3% de la
votación... la tal ley 1475 de 2011 que creara el registro único de partidos y
movimientos políticos, a cargo de ustedes o sus sucesores, no sé de qué trata, pero eso si me lo imagino, señores “magistrados”.

II.II.- DE LAS CONTRAPRESTACIONES A ESTA MAYOR SEVERIDAD

Acceso a medios de comunicación y financiación... Pamplinas.
II.III.- DE LA PARTICIPACIÓN POLÍTICA Y ELECTORAL POR FUERA DE LOS
PARTIDOS POLÍTICOS.

Pura teoría, mucha cháchara y pensar que les pagamos un salario tan oneroso
para que nos vulneren tan despiadadamente... “que falta de respeto, que atropello
a la razón, cualquiera es un señor...” dice el tango Cambalache.

II. IV. DE LA EXISTENCIA DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS MÁS ALLÁ DE SU
PERSONERÍA JURÍDICA

Otra vez vuelve y juega la Corte Constitucional, sentencia C-089 de 3 de marzo de 1994. Expediente P.E. 004 M.P. Eduardo Cifuentes Muñoz. Como decía el camarada Bernardo Jaramillo Ossa candidato presidencial, su magnicidio se perpetro el 22 de marzo de 1990 ¿Qué tal? ... ¿Qué tal???? en la página siete (7) dice “... de lo que se desprende que a pesar de las “manos asesinas”, los sobrevivientes de la Unión Patriótica junto a sus nuevos simpatizantes, podrán participar, si lo desean de la actividad política y electoral”; ante tal cita solo les digo “magistrados” no me crean tan TARUPIDOIDIOTORPE-TILINGO-CRETINO.

II.V.- DE LA INEXISTENCIA DE UN PROCESO SANCIONADOR COMO FUENTE
DE LOS ACTOS IMPUTADOS.

Ese tal “ipso jure” no lo entiendo, ni me interesa, ni le creo, pues ustedes y
muchos no creen que cometen GENOCIDIO POLÍTICO contra la UNIÓN
PATRIÓTICA y que fue disposición nuestra no querer presentarnos a la batalla electoral. Al respecto les digo como le contestamos a un profesor que negaba el GENOCIDIO en la cátedra JAIME PARDO LEAL en la Universidad Nacional de Colombia, entonces digamos simplemente que lo de la UNIÓN PATRIÓTICA fue un suicidio colectivo, bondadosamente asistido por algunos buenos victimarios, no pues muchas gracias!!!!! Contentos señores “magistrados” ???.

II.VI.- DEL RÉGIMEN JURÍDICO DE LA REVOCATORIA DIRECTA

Y ustedes siguen invocado, impetrado, relacionado, citando por ejemplo, que el “artículo 69 del Código Contencioso Administrativo enseña cuales son las causales de revocatoria directa...” y ustedes van en contravía y violan en mi aprendizaje con lo que ustedes me enseñan veamos:

1.- Cuando sea manifiesta su oposición a la Constitución Política o ley: pues con esta resolución violan el art. 22 de la C.N. “ La paz es un derecho un deber”, porque la UNIÓN PATRIÓTICA es una puesta de paz, y por el otro lado desacatan, eluden, hacen caso omiso y trasgreden la ley 1148 o ley de víctimas.

2.- Cuando no estén conformes con el interés público o social, o atenten contra él. “magistrados” del Consejo Nacional Electoral. La invencible UNIÓN PATRIÓTICA es de interés público, social, general, popular, nacional e internacional y contra lo único que atenta la UNIÓN PATRIÓTICA es contra la oligarquía colombiana vende patria, el imperialismo y sionismo.

3.- Cuando con ello se cause agravio injustificado a una persona. Pero por
supuesto, o es que yo no soy persona? Y me han agraviado a fondo con toda la intensidad y han removido en mi neurona loca, cantidad enorme de emociones, sensaciones , reacciones, recuerdos...Por ejemplo en el libro de Roberto Romero, sobre la UNIÓN PATRIÓTICA, presentado el año pasado, hay un listado inconcluso de víctimas del GENOCIDIO contra la UP, allí se mencionan algunos nombres de las primeras víctimas - GUERRILLEROS- de las FARC , designados comisarios políticos desde 1984 para construir la UP de los diferentes frentes que constituían, dicha organización _no aparece la masacre cometida contra 22 o más guerrilleros frente perpetrada por el ejército, en el “Cese al fuego”; también que la UP es la única organización política a nivel mundial que le eliminan lo mejor de su inteligente militancia, que a su ex presidenta le hicieron un atentado con arma de guerra de alta intensidad; la camarada AIDA AVELLA ESQUIVEL – atentado Bogotá 8 de mayo de 1996_ que le asesinaron aliados liberales como BETTY CAMACHO, ALEJANDRO CÁRDENAS, OCTAVIO SARMIENTO.

Y no vengan a decir que “el trámite solicitado ha vencido hace largo rato” porque la historia verdadera dice que el GENOCIDIO continúa y ustedes con artilugios jurídicos, aprobados y firmados por los “poderes” ejecutivo, legislativo y judicial argumentan en las páginas 8, 9 y 10.

En la página 10 paro, planto y remacho porque ahí sí que les tengo que decir que no entiendo ya no solo su ipso jure, sino que permítanme su amabilidad y decencia pero ya no entiendo su derecho o jurisprudencia porque aparte de toda la carreta jurídica anterior, aquí no desconocen el horror del crimen contra el senador de la UP, MANUEL CEPADA VARGAS ...para mí el horror, la vergüenza- jurídica e histórica de que ante los hechos reconocidos por la CORTE INTERAMERICANA DE DERECHOS HUMANOS en sentencia del 26 de mayo de 2010, aquí en Colombia vale más la ley 130 de 1994 con su artículo 4 y el artículo 108 de la CN que es manoseada y manipulada Vrg.: lo de la reelección famosísima del ex presidente anterior, vale más que los ríos de sangre que hace 520 años tienen nuestras aguas, valles, calles y montañas colombianas.

Si tuviera más tiempo, garantías condiciones ... las que a ustedes les sobra les enseñaría más de lo que a golpe de tener que sobrevivir como hombre
des...plazado, desempleado, ...pero no desclasado he aprendido en estos duros años de resistencia digna. Magistrados en la página 11 aluden a la derogatoria del art. Art 71 del código contencioso administrativo por parte de la ley 1448 de 2011 y olímpicamente se plantea que no se generan riesgos de no repetición de tales conductas y ponen de ejemplo al Polo Democrático Alternativo, y a la UP no se le puede comparar a ninguna otra organización en Colombia y en el mundo.

No puedo despedirme de manera respetuosa de quienes no solo me irrespetan a mí, a mi partido, a mi colectividad, sino a la propia ley. Y ESTO NO ES GROSERÍA, simplemente es mi derecho a la irreverencia, que tanta falta nos hace para no seguir ni repitiendo, ni permitiendo la ignominia.

NOTICULA: Finamente, debo decirles que no hacía falta que ustedes me dijeran a mí y a los Upeistas sobrevivientes que, no es necesario tener personería jurídica para hacer política, eso lo sabemos y de hecho lo hacemos, pero no por ello vamos a renunciar a nuestros derechos, ni a claudicar en defenderlos. Ustedes tienen la obligación de devolvernos la personería jurídica que materialmente nos han quitado a bala y que simbólicamente prenden quitarnos con sus firmas.

RICARDO PÉREZ GONZÁLEZ
C.C. 10241992 Manizales.